La
Ley de Perú 30486, publicada en el Diario Oficial El Peruano del 9 de julio de
2016, mediante la cual se precisa las obligaciones de los Transportistas Internacionales
de Mercancías por carretera y se extingue las multas contraídas por no
presentar o transmitir la información contenida en la nota de tarja
Dicha
Ley, que promulgó el ejecutivo peruano favorece a los Transportistas de carga
pesada Bolivianos, Ecuatorianos, Peruanos, Chilenos, Argentinos y Brasileños,
los mismos que se libraron de pagar a la Superintendencia de Administración
Aduanera y Tributaria – SUNAT, una deuda de S/40 millones que arrastraban desde
el 2011. El Ejecutivo Peruano publicó la Ley que extingue las multas contraídas
por no presentar o transmitir la información contenida en la Nota de Tarja.
La
Ley N° 30486 rubricada por el Presidente de Perú Ollanta Humala Tasso y el Primer
Ministro Pedro Cateriano señala además, la eliminación de las sanciones que se
encuentran en cobranza coactiva, así como aquellas que se encuentren pendientes
de notificación por parte de la administración de Aduanas.
Ahora lo que les queda a
los Transportistas Internacionales, es presentar las solicitudes a la SUNAT
para acogerse a la nueva ley, ya que dicha Institución no actúa de oficio.
Ver la Ley de Perú 30486, publicada en el Diario Oficial El Peruano del9 de julio de 2016--